República Dominicana. – El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) introdujo varios cambios al Contrato Póliza de Discapacidad y Sobrevivencia del régimen contributivo, en cumplimiento de la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que declaró inconstitucionales el límite de edad y el plazo para reclamar una pensión.
El fallo del TC elimina de la Resolución 569-03 del CNSS el artículo que imponía un plazo de 20 años para solicitar una pensión por discapacidad o sobrevivencia, contados desde el evento inhabilitante o el fallecimiento del afiliado. Esta última corresponde a los familiares cuando el asegurado muere.
Los jueces determinaron que el CNSS excedió las facultades otorgadas por la Ley 87-01, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), ya que dicha normativa no fija límite de tiempo para ejercer el derecho a estas pensiones ni otorga al CNSS la potestad de crearlo.
“El CNSS no solo ha excedido los poderes que le otorga la Ley 87-01, sino que además se ha arrogado atribuciones exclusivas del Congreso Nacional (…), al pretender regular el derecho fundamental a la seguridad social”, señala la sentencia.
El plazo anteriormente era de dos años y luego se amplió a veinte, pero el TC estableció que cualquier restricción temporal es ilegal.
El Tribunal Constitucional también anuló el límite de 65 años para recibir una pensión por discapacidad.
Ya en una sentencia previa (TC/0405/19) se había eliminado el tope de 55 años y un día para que los beneficiarios de un pensionado fallecido accedieran a una pensión vitalicia.
En respuesta, el CNSS dispuso en la Resolución 624-05 que, al cumplir los 65 años, el afiliado con discapacidad mantendrá su pensión y su cobertura de salud, sin restricciones.
El Contrato Póliza —acuerdo entre las AFP y las aseguradoras para cubrir pensiones por discapacidad y por sobrevivencia— será ajustado conforme a la sentencia. Para ello:
• La SIPEN tiene 60 días calendario para modificar la normativa complementaria.
• La TSS y UNIPAGO deben hacer, en 10 días hábiles, las adecuaciones tecnológicas necesarias para procesar los aportes de trabajadores con 65 años o más dentro del Seguro de Discapacidad y Sobrevivencia.
• La TSS también deberá garantizar que las aseguradoras puedan realizar los pagos correspondientes sin generar moras ni intereses al efectuar el primer desembolso.
El nuevo Contrato Póliza tendrá carácter temporal, hasta que el Congreso modifique la Ley 87-01 para ajustar este beneficio bajo criterios de sostenibilidad financiera y equidad.
La sentencia del TC surge de una acción directa de inconstitucionalidad presentada por los ciudadanos Namphi A. Rodríguez, Domingo Porfirio Rojas Nina y Ángel Julián Serulle, junto a las entidades:
• Fundación Prensa y Derecho, Inc.
• Alianza Ciudadana para la Defensa de los Derechos Fundamentales, Inc.
• Consejo Dominicano de Derechos Humanos (CODEH).











Que quitaran el límite de 20 años pa pedir pensión es un alivio porque hay familias que tardan demasiado en poder reclamar
Pero también deja claro que si el TC no mete mano esas trabas siguen ahí por años sin que nadie las toque
El CNSS cambiando esa póliza por orden del Tribunal Constitucional se siente como un triunfo para mucha gente que esperaba justicia