República Dominicana. – Con el mismo tratamiento de urgencia aplicado en la Cámara de Diputados, el Senado de la República aprobó el proyecto de ley que autoriza la emisión y colocación de valores de deuda pública por RD$401,767,814,730, despachando la pieza sin pasar por el estudio previo en comisiones y tras breves intervenciones a favor y en contra.
Durante el debate, senadores oficialistas y opositores expusieron posiciones encontradas sobre una ley que es considerada recurrente tras la promulgación del Presupuesto General del Estado de cada año. Al cierre de la sesión, el presidente del Senado reconoció la importancia de las diferencias y la pluralidad en democracia, aunque exhortó a valorar la relevancia del proyecto para la estabilidad financiera del país.
La iniciativa autoriza al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda y Economía, a emitir y colocar valores de deuda pública hasta el monto aprobado, conforme a lo dispuesto en la Ley núm. 99-25 del Presupuesto General del Estado 2026, promulgada el 16 de diciembre de 2025.
Según el Gobierno, esta emisión forma parte de las fuentes de financiamiento previstas en el Presupuesto 2026, que proyecta un déficit fiscal equivalente al 3.2 % del Producto Interno Bruto (PIB), sustentado en supuestos macroeconómicos como un crecimiento de 4.5 %, una inflación promedio de 3.8 % y una tasa de cambio estimada en RD$65.50 por dólar.
Desde el oficialismo se insistió en que la deuda aprobada no representa un aumento adicional del endeudamiento, sino un componente del esquema financiero diseñado para cubrir el déficit y las aplicaciones financieras del Estado durante 2026.
En una comunicación enviada al Congreso Nacional, el presidente Luis Abinader solicitó formalmente la aprobación del proyecto, destacando que permitiría al Gobierno aprovechar condiciones favorables en los mercados financieros, tanto locales como internacionales.
El artículo 1 de la ley establece que su objeto es otorgar la aprobación congresual para la emisión y colocación de deuda pública, mientras que el artículo 3 fija el monto máximo autorizado, con la posibilidad de cubrirlo mediante otras fuentes financieras si resultan más favorables para el Estado.
La normativa permite que la colocación se realice mediante subastas o colocación directa, esta última sujeta a una resolución motivada del Ministerio de Hacienda y Economía. Asimismo, autoriza que los valores se coloquen durante el ejercicio presupuestario 2026, incluyendo la opción de prefinanciamiento si las condiciones del mercado lo permiten antes de iniciar el año.
En el mercado local, los valores deberán colocarse bajo las mejores condiciones de tasa de interés, ser negociables en el mercado secundario, contar con código ISIN y podrán ser utilizados como garantía, fianza, reserva técnica de aseguradoras, instrumentos de inversión para las AFP e incluso para el pago del Impuesto sobre la Renta una vez vencidos.
Para el mercado internacional, el proyecto establece plazos mínimos de cinco años para deuda en moneda extranjera y de un año para deuda en pesos dominicanos, además de la exención total de impuestos sobre capital e intereses, conforme a las prácticas habituales de los mercados externos.
El capítulo IV regula las operaciones de administración de pasivos, facultando al Ministerio de Hacienda a realizar conversiones, consolidaciones y recompras anticipadas de valores, siempre de manera voluntaria para los tenedores y con autorización del Poder Ejecutivo.
Finalmente, el proyecto incluye disposiciones especiales para el Banco Central, autorizándolo a realizar operaciones de crédito y colocación de fondos con plazos de hasta 180 días, en consonancia con las prácticas internacionales de banca central.













Después dicen que no hay cuartos para salud ni educación
Más de cuatrocientos mil millones y nadie explica bien en qué se van
Eso fue a la carrera como siempre cuando se trata de endeudarse