El Senado de México aprobó el martes por amplia mayoría prohibir y sancionar las terapias de conversión, conocidas como Esfuerzo para Corregir la Orientación Sexual o la Identidad de Género (ECOSIG).
Con 69 votos a favor, 2 en contra y 16 abstenciones, la Cámara Alta dio su visto bueno en general a un proyecto que reforma el Código Penal Federal y la Ley General de Salud, y que impone penas de dos a seis años de prisión a quien promueva o aplique todo tratamiento, terapia o práctica encaminada a “obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o modificar la orientación sexual, la identidad o la expresión de género de una persona”.
En particular, se aprobó un dictamen que adiciona a ambas leyes el capítulo “Delitos contra la orientación sexual o la identidad de género de las personas”.
La reforma aprobada establece una suspensión profesional de uno a tres años para el personal sanitario que realice cualquier tipo de práctica de reconversión.







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