República Dominicana. – El presidente de la República, Luis Abinader, promulgó este viernes la Ley núm. 361-22 que permitirá que el robo sin violencia y sin armas pueda y deba ser perseguido de oficio por el Ministerio Público, sin que exista una denuncia o querella por parte de la víctima.
Con el cambio, este delito deja de ser un hecho punible de acción pública a instancia privada, y pasa a ser simplemente de acción pública.
La ley promulgada modifica el artículo 31 de la Ley núm. 76-02, del 19 de julio de 2002, que crea el Código Procesal Penal de la República Dominicana.
De acuerdo a un comunicado enviado por el Poder Ejecutivo, esta disposición normativa responde a los datos estadísticos que dan cuenta que las denuncias de los robos sin violencia y sin armas en espacios públicos, negocios y hogares, son una de las conductas más recurrentes y perturbadoras de la paz social.











You need to be a part of a contest for one of
the most useful blogs on the web. I most certainly will
recommend this site!