República Dominicana.- El Tribunal Constitucional (TC) confirmó la decisión que declaró inadmisible una acción de amparo interpuesta contra el Pacto Nacional para la Reforma del Sector Eléctrico, al considerar que este mecanismo no es la vía idónea para conocer el fondo del conflicto.
Mediante la sentencia TC/0431/26, la alta corte rechazó el recurso de revisión constitucional presentado por la Fundación Justicia y Transparencia (FJT) y otras organizaciones, contra la decisión emitida previamente por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA), que ya había declarado inadmisible la acción de amparo.
El TC declaró admisible el recurso en cuanto a la forma, al comprobar el cumplimiento de los requisitos procesales establecidos en la Ley núm. 137-11. Sin embargo, en el fondo ratificó el criterio del TSA, al establecer que existen otras vías judiciales ordinarias más adecuadas para garantizar una tutela efectiva.
El tribunal sostuvo que las pretensiones relacionadas con la anulación de un pacto administrativo y la solicitud de astreintes por presunto retardo corresponden al ámbito de la jurisdicción contencioso-administrativa, la cual cuenta con competencias suficientes para conocer y resolver este tipo de conflictos.
Asimismo, el TC reiteró que la acción de amparo no debe utilizarse como sustituto de los procesos ordinarios cuando estos ofrecen un nivel de análisis más amplio y adecuado para la complejidad del caso.
La decisión, emitida el 15 de junio de 2026, fue adoptada por mayoría, con la excepción de dos magistrados que no participaron en la deliberación por causas previstas en la ley. También consta un voto salvado de la magistrada Alba Luisa Beard Marcos.
El conflicto se originó a raíz de una acción presentada por la FJT y otras organizaciones contra el Consejo Económico y Social (CES) y entidades estatales, con el objetivo de detener la firma del Pacto Eléctrico y exigir la reactivación del proceso de diálogo bajo alegatos de supuestas violaciones al debido proceso y a la buena administración.
En 2021, la Primera Sala del TSA ya había declarado inadmisible la acción, al entender que existían mecanismos judiciales alternativos más adecuados para conocer el caso.
















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