Hasta el momento, la Corte Constitucional ha recibido una veintena de peticiones para que se revise la decisión y se anule, pero ninguna de ellas es del Gobierno o de ningún ministerio.
Sin embargo, en la carta fechada el pasado 17 de junio, el Ministerio de Justicia insiste en que la Corte Constitucional se pronunció sobre “cosa juzgada constitucionalmente”, es decir, que este mismo tribunal ya se había pronunciado en 2006 sobre el delito del aborto incluido en el Código Penal al imponer tres causales que lo eximían: salud o riesgo de la madre, malformación del feto o violación.
Esta noticia se conoce el mismo día que el Tribunal Supremo de Estados Unidos decidió anular la protección del derecho al aborto vigente desde 1973, una sentencia que tres estados -Kentucky, Luisiana y Dakota del Sur- ya han aplicado prohibiendo la interrupción voluntaria del embarazo, mientras que otros 23 estados lo podrán hacer a corto plazo.








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