Colombia aprobó una nueva legislación que prohíbe el matrimonio infantil y las uniones tempranas, estableciendo los 18 años como edad mínima obligatoria para contraer matrimonio en todo el territorio nacional.
La disposición quedó establecida mediante la Ley 2447 de 2025, que elimina las excepciones legales que anteriormente permitían a adolescentes desde los 14 años casarse con autorización de sus padres o representantes legales.
La normativa también impide las uniones maritales de hecho cuando uno o ambos integrantes sean menores de edad, como parte de una estrategia orientada a fortalecer la protección de niños, niñas y adolescentes frente a situaciones de vulnerabilidad.
Organizaciones defensoras de derechos humanos calificaron la reforma como un avance importante para combatir prácticas que afectaban principalmente a niñas y adolescentes en sectores vulnerables del país.
La nueva legislación incluye además la creación de un Programa Nacional de Proyectos de Vida, enfocado en educación, prevención y sensibilización sobre las consecuencias de las uniones tempranas.
Antes de esta modificación, el Código Civil colombiano permitía el matrimonio desde los 14 años bajo determinadas condiciones. Sin embargo, activistas y organismos internacionales habían solicitado durante años la eliminación de esa disposición por considerar que exponía a menores a embarazos precoces, violencia de género y abandono escolar.
Con esta decisión, Colombia se suma a otros países de América Latina que han reforzado sus leyes para erradicar el matrimonio infantil y ampliar la protección de la niñez.













